Finjus considera improcedente tratar tema de la reelección presidencial
“Más aún, que se aluda a la posibilidad de abocarse a ello sin necesidad de reforma constitucional inobservando el contenido del artículo 124 de nuestra Ley sustantiva, así como la vigésima disposición transitoria que prohíbe la reelección presidencial para el gobernante de turno”, dijo Servio Tulio Castaños, vicepresidente de la la entidad a través de un comunicado.
La Finjus dijo que ambas disposiciones son bastante específicas y no admiten, bajo ningún concepto, interpretaciones orientadas a argumentar supuestas afectaciones al derecho del presidente Danilo Medina.
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